Resumen: Reclamación de cantidad: horas festivas, nocturnas y extraordinarias. Convenio colectivo de seguridad privada. No procede el devengo de horas festivas al tener la demandante, en el periodo reclamado, la categoría de inspectora, que el convenio contempla en un grupo y nivel distinto de la de vigilante de seguridad, y el precepto que regula las horas festivas solo las reconoce a los vigilantes. Ausencia de acreditación, en hechos probados, del desempeño de trabajos en horario nocturno o por encima de la jornada pactada.
Resumen: Reclamación de diferencias en importe de pagas extraordinarias, al estar percibiendo los actores solo dos en lugar de las cuatro que marca el convenio colectivo. Las dos pagas extraordinarias que perciben lo son en importe superior al previsto en el convenio colectivo. Inexistencia de condición más beneficiosa que les garantice a los demandantes cobrar todas las pagas extras en el importe superior; inexistencia de incongruencia de la sentencia al establecer que todas las pagas extras deben tener el importe marcado en el convenio colectivo; la alegación de trato discriminatorio con respecto a otros trabajadores es cuestión nueva, que los demandante solo introdujeron en conclusiones, fuera del momento procesal oportuno.